Lo había puesto en el hilo de derroidos pero creo que necesita hilo propio.
Primera rebaja de condena por la ley de 'solo sí es sí': dos años menos por la agresión sexual a una menor
https://www.elmundo.es/espana/2022/11/15/637343e0e4d4d8fd4c8b4593.html
El mismo día en que entró en vigor la ley de solo sí es sí impulsada por el Ministerio de Igualdad, un profesor condenado a seis años y nueve meses por abusos sexuales a sus alumnos fue puesto en libertad. La excarcelación fue ordenada por la Audiencia de Madrid tras comprobar que, conforme a la nueva ley, los abusos a menores por los que se le había encontrado culpable habían quedado despenalizados.
Ese delito, afirmó el tribunal, "ha sido destipificado con la reforma efectuada, de forma que el consentimiento prestado por personas mayores de 16 años no es constitutivo de delito excepto que dicho consentimiento se preste empleando 'violencia intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima', que no es el caso, por lo que siendo evidentemente más favorable la regulación actual debe aplicarse la misma".
Los seis años y nueve meses de condena impuestos el pasado mes de enero al profesor de Inglés de un colegio de San Sebastián de los Reyes se quedaron por tanto en nueve meses de prisión que ya había cumplido.
La excarcelación acordada el 7 de octubre ha salido ahora a la luz tras conocerse otra rebaja de condena consecuencia de la reforma de los delitos sexuales: dos años menos por un delito de abusos sexuales a su hijastra de 14 años.
Los ocho años de cárcel por abusos quedan ahora en seis años de prisión por agresión sexual, el delito en el que con la reforma de Irene Montero convergen ahora tanto las antiguas agresiones como los abusos. La rebaja fue solicitada por el abogado del acusado tras la entrada en vigor de la nueva regulación, el pasado 7 de octubre.
Las rebajas de condenas que ya eran firmes llega pese a las insistentes negativas de Igualdad de que la nueva ley implicaba en algunos supuestos penas más bajas, lo que impondría a los tribunales la revisión a la baja de algunas condenas. Esa posibilidad ha sido negada insistentemente tanto por la propia ministra Montero como por la delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Victoria Rosell. Y más recientemente, por la secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez Pam, que arremetió contra los abogados que pedían las reducciones: "Son propaganda machista, un intento desesperado de la defensa".
En el caso de los abusos sexuales a la hijastra, el abogado del condenado alegó que el nuevo mínimo para el delito de agresión sexual con penetración a un menor de edad ha pasado con la nueva ley de los ocho años que se impusieron a los seis años de cárcel. El escrito del abogado que ha estimado el tribunal resaltaba que la Sección 17 había optado expresamente por imponer la pena "mínima", por lo que al rebajarse ese mínimo debía ajustarse a la baja condena.
La solicitud de rebaja de la pena ha contado con el respaldo de la Fiscalía de Madrid, que ha tenido en cuenta que la sentencia "hace constar que individualiza la pena de prisión en el mínimo", por lo que procedía la revisión. En su sentencia de julio del año pasado, los magistrados consideraron adecuada una pena "en el mínimo posible", ya que el delito conlleva por sí solo unas penas elevadas cuando no se ha producido violencia o intimidación.
En la resolución notificada ahora, el tribunal recuerda que "con ocasión de la reforma operada mediante la LO 10/2022, que entró en vigor el 7 de octubre de 2022, de reforma del Código Penal en delitos contra la libertad sexual, la pena mínima que se contempla [...] es de seis años de prisión: razón por la que [...] resulta ésta más favorable para el reo". Eso implica que "procede la revisión en el sentido interesado por el penado".
"En el caso presente", prosigue el tribunal, "se tuvieron en cuenta las circunstancias del caso y del autor, y se consideró prudente imponer el mínimo de la pena impuesta en ese tiempo, por lo que la revisión ha de producirse en los mismos términos, esto es, reduciendo la pena de prisión a seis años con todas las consecuencias que la fueran favorables, por lo que se deberá proceder a hacer una nueva liquidación de condena".
Se trata de los primeros casos conocidos de rebaja de condena conforme a la ley de solo sí es sí, aunque ha habido otros. Las peticiones de revisión planteadas en las audiencias provinciales han sido muchas. La Fiscalía General del Estado aún no ha emitido la circular con los parámetros que deberán aplicar los fiscales para respaldar o no las solicitudes de condena, que en todo caso depende de los tribunales. Conforme a lo sucedido con reformas legales previas, el criterio de la Fiscalía es aceptar reducciones de las penas que ya no podrían imponerse conforme a la nueva ley. También de aquellas en las que, como en este primer caso conocido, se indicase expresamente que se imponía el mínimo legal y ese mínimo haya bajado.
Hilo en twitter de Bou
Blog del abogado Tsevan Rabtan que ha conseguido la reducción de la pena, muy interesante la lectura.
https://twitter.com/tsevanrabtan
https://tsevanrabtan.wordpress.com/2022/11/15/lo-que-no-iba-a-suceder/
Otra vez más el séquito de Montero con Pam aka 120k al año y la señora delegada Mª Victoria Rosell Aguilar aka todos señoros lo han vuelto a conseguir, han sacado otra ley de mierda redactada como el culo y con el beneplacito de Pedro el guapo. Negando y mintiendo constantemente y llamando a todo machismo. Se ve que necesitan más asesores y que al menos sepan algo de derecho.